| | |  | | | Especialidades Medicinales - Junio 2007 | |  | Disp. 3877/2007 - ANMAT.- BO | | 10/07/2007 | | Bs. As., 10/7/2007 | | VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-323-07-5 del
Registro de esta Administración Nacional de
Medicamentos y Tecnología Médica, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Institu-to
Nacional de Medicamentos hace saber que
se ha recibido en ese organismo técnico una
nota y muestras provenientes del Programa
Remediar con referencia al producto RANITIDINA
150 mg comprimidos lotes Nº E7565,
E7573, E7575, E7577, E7568, E7574 y E
7576 con vencimiento 08/2007 elaborados por
la firma Klonal S.R.L.
Que a fs. 2 obra una nota remitida por el Pro-grama
de Reforma de la Atención Primaria
de Salud de la Secretaría de Programas Sa-nitarios
del Ministerio de Salud de la Nación
en la que informa que, con carácter previo a
su distribución se realizó una inspección ocular
por muestreo en el depósito del operador
logístico sito en la Avda. Piedrabuena 3750
de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en la que se detectó un decapado en siete de
ellos.
Que a fs. 3 obra el acta que documenta la
puesta en conocimiento de la firma elaboradora,
a través de su director técnico, de la
circunstancia descripta.
Que en consecuencia, el Instituto Nacional de
Medicamentos sugiere que se prohíba la comercialización
y uso en todo el territorio nacional
de los lotes mencionados, se ordene
su recupero, y se instruya sumario sanitario a
la firma elaboradora y su directora técnica.
Que desde el punto de vista procedimental,
lo actuado por el INAME se enmarca dentro
de lo autorizado por el Art. 13 de la Ley
Nº 16.463, resultando competente la ANMAT
en virtud de las atribuciones conferidas por el
Decreto Nº 1490/92 art. 10 inc. q).
Que las medidas preventivas sugeridas por
el Instituto Nacional de Medicamentos consistentes
en disponer la prohibición de comercialización
y uso en todo el territorio nacional
del producto RANITIDINA 150 mg. comprimidos
recubiertos lotes Nº E7565, E7573,
E7575, E7577, E7568, E7574 y E 7576 con
vencimiento 08/2007 elaborados por la firma
Klonal S.R.L. y ordenar el recupero de los
mismos, se encuentran fundadas en el Decreto
Nº 1490/92, en su art. 8 inc. ñ).
Que asimismo corresponde la instrucción de
sumario sanitario a la firma y su director técnico
por presunta infracción a los arts. 3º y 19
inc. b) de la Ley 16.463.
Que el Instituto Nacional de Medicamentos y
la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado
la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el
Decreto Nº 197/02.
Por ello:
EL INTERVENTOR
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE: | | Artículo 1º - Prohíbese la comercialización y
uso en todo el territorio nacional del producto RANITIDINA
150 mg comprimidos recubiertos lotes
Nº E7565, E7573, E7575, E7577, E7568, E7574
E 7576 con vencimiento 08/2007 elaborados por
la firma Klonal S.R.L., por las razones expuestas
en el Considerando de la presente. | | Art. 2º - Notifíquese a la firma Klonal S.R.L.
que deberá efectuar el recupero de los lotes indi-cados
en el artículo precedente, debiendo notifi-car
al Instituto Nacional de Medicamentos sobre
la conclusión de dicho procedimiento, acompañan-do
la documentación respaldatoria correspondien-te. | | Art. 3º - Instrúyase sumario sanitario a la fir-ma
Klonal S.R.L. y a su director técnico por pre-sunta
infracción a los artículos 3º y 19 inc. b) de la
Ley 16.463. | | Art. 4º - Regístrese. Dése a la Dirección Na-cional
del Registro Oficial para su publicación.
Gírese copia de la presente a la Dirección de Planificación
y Relaciones Institucionales. Dése al
Departamento de Sumarios de la Dirección de
Asuntos Jurídicos a sus efectos. Cumplido, archívese.
| |  | Disp.3876/2007 - ANMAT.- BO | | 17/07/2007 | |
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del
producto rotulado como BALSAMO DESINFLAMANTE -uso externo- Pomada indicada
para casos de: | | Reuma - | | Artritis - | | Artrosis - | | Dolores musculares Ciáticos - | | Lumbago - | | Articulares - | | Dolores por esfuerzos neurálgicos - | | Contusiones - | | Torceduras - | | Esguinces. | | MS y AS Cert. Nº 22.643. LABORATORIO FA.MI.COL. | | (por tratarse de un producto no registrado ante esta Administración
Nacional a pesar de que en sus rótulos indica lo contrario, y
presuntamente elaborado por una firma no habilitada.)
| |  | Disp.3926/2007 - ANMAT.- BO | | 17/07/2007 | | Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del
producto rotulado como: "VP-GEN 100 mg (Etóposido) X 1 ampolla, LOTE
0710119 BIOPROFARMA S.A.", que fuera sustraído | | (dado que no se pueden garantizar las condiciones de conservación ni el
destino legal de los mismos.) | |  | Disp. - ANMAT.- BO | | 18/07/2007 | |
Informa a la población que las denominadas "bombas de vacío para
tratamiento de la
disfunción eréctil", son productos médicos, según lo define la disposición
2318/02 (to 2004).
Los mismos constituyen una alternativa entre muchas para el tratamiento de
la disfunción
eréctil y requieren de la prescripción de un profesional médico para su
uso. Los "elongadores
peneanos", se encuentran contraindicados en pacientes con trastornos de la
coagulación
y otras patologías, y su uso indebido puede causar lesiones graves. En
este marco es importante aclarar que se han detectado imitaciones en el
mercado, las
que se comercializan sin hallarse debidamente registradas ante la
Autoridad Sanitaria. Se les
atribuye funciones que no les son propias y para las cuales no existe
evidencia científica
respaldatoria (elongación peneana), en algunos casos son elaborados
localmente, y en
otros, aparentemente importados, a través de la N.C.M. 8414.10.00.900D. | | Por eso, la ANMAT tomó varias medidas en relación a este asunto: se
notificó de esta situación
a las autoridades sanitarias juridisccionales y también a la Aduana. A su
vez, -y ya que
no pueden publicitarse debido a las restricciones establecidas por la ley
16.463 art. 19 inc D,
se notificó al COMFER sobre las irregularidades existentes y también se
enviaron cartas
documento a diferentes sitios web en los que se realizan compra y venta de
productos por
Internet para que los quiten de su listado de ofertas y lo mismo se le
comunicó a los medios
masivos para que estén advertidos sobre las prohibiciones impuestas. Julio
2007
| |  | Disp.3987/2007 - ANMAT.- BO | | 19/07/2007 | |
Prohíbese preventivamente la comercialización y uso en todo el territorio
nacional del producto FITOMENADIONA LARJAN 10 mg/ml, inyectable, de
Laboratorios VEINFAR I.C.S.A., lotes 7508 y 7725, vencimientos 04/2008 y
07/2008, por verificarse en las mismas opalescencia intensa.
|
| | | Productos Cosméticos - Junio 2007 | |  | Disp.3986/2007 - ANMAT.- BO | | 19/07/2007 | |
Prohíbese en forma preventiva, la comercialización y el uso en todo el
territorio nacional del producto rotulado de la siguiente forma: | | "Floop´s baño líquido baby and kids x 250 cm3 | | - Establecimiento elaborador
2012 - Elaborado por El Jarillar S.A. Av. Rivadavia 850. Tel 02627- 430695
- San Rafael - Mendoza. Sin datos de lote y vencimiento."
| |  | Disp.3988/2007 - ANMAT.- BO | | 19/07/2007 | |
Prohíbese en forma preventiva, la comercialización y el uso en todo el
territorio nacional de los productos rotulados de la siguiente forma: | | a)"Kahobitas Nahuel Nene - Eau de Toilette Natural Spray - Industria
Argentina x 100 ml - Ingredientes Alcohol Denat - Water - Fragante G.A.
75º. M.S. Y A.S. Resol. 155/98 - Est. Ela. Legajo 11246-B. Sin número de
lote ni fecha de vencimiento." y | | b) "Kaoba - Labial Perlado 9 - V84. Sin
datos del establecimiento elaborador,
número de lote ni fecha de vencimiento."
| |  | Disp. - ANMAT.- BO | | 19/07/2007 | |
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica
(ANMAT)
organismo descentralizado del Ministerio de Salud de la Nación, ha
iniciado en el mes de
junio pasado una serie de medidas a fin de detectar dentífricos
falsificados de la firma COLGATE
que podrían contener Dietilenglicol en su composición.
El Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos y Control de Mercado de
Productos Cos-méticos
de esta Administración Nacional se abocaron a la búsqueda de productos
similares
a los reportados en otros mercados tales como España, Canadá y los Estados
Unidos.
ANMAT informa a la población que, como resultado de dicha investigación,
en nuestro país
no se han registrado a la fecha, la presencia de unidades con
características similares a las
falsas.
Las pastas dentales autorizadas por este organismo regulador son
producidas en la planta
de Colgate-Palmolive en la Argentina, mientras que otras son importadas de
la filial que la
compañía tiene en Brasil. Por lo tanto advertimos a la población, a la
hora de consumir este
producto, controlar las siguientes características:
Elaboradas en el país en la planta de Colgate -Palmolive Argentina S.A.
ubicada en la
calle 5 y 105 del Parque Industrial Norte de San Luís (legajo nº 2185): 1.
Crema dental Colgate Sabor Original
2. Crema dental Colgate Sabor Menta Fresca
3. Crema dental Colgate Triple Acción Menta Original
Elaboradas en Brasil por Colgate -Palmolive Industria e comercio Ltda., en
sus plantas
de Vía Anchieta Km. 14.5, S. B. Campo, San Pablo y Avda. Manoel Pedro
Pimentel 101,
Osasco, San Pablo: | | 1. Crema dental Colgate Control Sarro | | 2. Crema dental Colgate Triple Acción Menta Suave | | 3. Crema dental Colgate Total 12 Clean mint | | 4. Crema dental Colgate Total 12 Whitening | | 5. Crema dental Colgate Max - White Cristal Mint | | 6. Crema dental Colgate Sensitive Fresh Stripe | | 7. Crema dental Colgate Sensitive Blanqueadora | | 8. Crema dental Colgate Sensitive Multi Protección | | 9. Crema dental Colgate Ultra Blanco | | 10. Crema dental Colgate Herbal Blanqueadora | | 11. Crema dental Colgate Max - Fresh Citrus Mint | | 12. Crema dental Colgate Max - Fresh Cool Mint | | 13. Crema dental Colgate Max - Fresh Cinnamint | | 14. Crema dental Colgate Max - Fresh Clean Mint | | 15. Crema dental Colgate Baby Barney | | 16. Crema dental Colgate Niños Bob Esponja | | 17. Crema dental Colgate Niños Barbie | | 18. Crema dental Colgate Niños Shrek | |  | Disp. - ANMAT.- BO | | 27/07/2007 | | Son determinados lotes de las marcas Rolito, Celler y Sierra de los Padres
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
(ANMAT),
organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Salud de la
Nación, prohibió la
comercialización y uso de tres lotes de diversas marcas de aguas minerales
envasadas. En los
mismos se detectó que contienen bromato. | | La decisión fue tomada como consecuencia de una serie de procedimientos
llevados a cabo
por inspectores del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en
supermercados ubicados en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se retiraron muestras de los
productos en cuestión. | | Luego de realizarse los análisis correspondientes, se detectó la presencia
de bromato en determinados lotes.
En consecuencia, este organismo impuso a los fabricantes la obligación de
retirar del mercado todos los envases de los lotes referidos a continuación: | | Agua mineral natural Rolito Equilibrium, lote 16/01/07, 1500 c.c.; RNPA Nº02.515494,
RNE Nº 02-032093. Industria Argentina. Elaborada por Rolito S.A. | | Agua mineral natural gasificada Cellier, 2L, lote env. L2 21:38, vto.
15/10/7. Industria Argentina,
RNPA Nº 02.349529, RNE Nº 02-030514. Elaborada por Productos de Agua S.A. | | Agua mineral sin gas Sierra de los Padres, lote 270407, 2L, RNPA Nº
02.513992, RNE Nº 02-031442. Elaborada por Nutreco Alimentos S.A.
Industria Argentina. | | Buenos Aires, 27 de Julio de2007 |
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